Pago de utilidades: ¿Qué son? Y ¿Cómo se calculan?
La primavera ha llegado y las vacaciones de semana santa se encuentran ya a la vuelta de la esquina, es por eso que un poco de dinero extra no le cae mal a nadie. Durante los meses de Abril a Junio, las empresas hacer el reparto de utilidades, brindando a sus colaboradores un ingreso para invertir del modo que mejor consideren.
¿Qué son?
Las utilidades son las ganancias generadas por la empresa, es decir, los ingresos menos los costos de producción, sueldos, materia prima, etc. No todas las ganancias son repartibles, ya que un elevado porcentaje se utiliza para reinvertir, dejando aproximadamente un 10% de las ganancias para ser repartido entre los colaboradores, esto de manera proporcional al tiempo trabajado por cada uno.
Todas las empresas reparten utilidades, salvo aquellas que son de nueva creación, instituciones de asistencia privada sin propósitos de lucro, IMSS o instituciones publicas de asistencia, promoción cultural o de beneficencia, y las empresas con capital menor a lo estipulado por la Secretaria de Trabajo y Previsión Social.
¿Quiénes las reciben?
Todos los trabajadores que han laborado para un patrón por al menos 60 días al año; aun cuando estos no sean continuos; incluyendo a los trabajadores de planta, trabajadores temporales, ex trabajadores de planta, ex trabajadores temporales, trabajadores de confianza, trabajadores de la empresa y aquellos que se encuentran subcontratados.
¿Quiénes no tienen derecho a recibir reparto de utilidades?
No todos tienen derecho al reparto de utilidades, quienes no reciben este beneficio son: los trabajadores de empresas de nueva creación, trabajadores por honorarios y trabajadores de empresas que no tienen utilidades.
¿Cómo se calculan?
Actualmente se reparte entre los trabajadores el 10 por ciento del total de las ganancias de una empresa más las utilidades que no se hayan repartido el año pasado. Suponiendo que éstas son de 1 millón de pesos, se repartirá entre los trabajadores 100 mil pesos (el 10 por ciento).
En los diez días posteriores a la declaración anual, la empresa está obligada a dar a conocer a una comisión de empleados de la empresa la información referente a las ganancias de la compañía en el ejercicio, misma que pueden impugnar o aceptar. Los empleados tienen 30 días para manifestar su inconformidad, de haberla.
¿Cuándo las reparten?
En el caso de las personas morales, el pago de estas se hace entre el 1 de abril y el 30 de mayo. Las personas físicas con actividades empresariales deberán pagarlas entre el 1 de mayo y el 29 de junio. A partir de estas fechas, los trabajadores tienen un año para cobrar lo correspondiente. De no hacerlo, su parte de las utilidades será redistribuida entre todos los trabajadores (incluyéndolo a él) el próximo año.
¿Y tú?, ¿Ya sabes en que invertirás tus utilidades?
1 Comentario. Leave new
Esta genial el aporte. Saludos.